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  • ARA San Juan: Macri apeló su prohibición de salir del país

    ARA San Juan: Macri apeló su prohibición de salir del país

    Macri fue convocado a indagatoria en el marco de la investigación por supuesto espionaje ilegal contra familiares de los fallecidos en el ARA San Juan.

    El ex presidente Mauricio Macri presentó abogado y apeló su prohibición de salir del país en el marco de la investigación por supuesto espionaje ilegal contra familiares de los fallecidos en el submarino ARA San Juan.

    La medida fue realizada al filo del plazo, ya que este jueves vencía el momento en que podía presentar representante. El ex mandatario puso como abogado ante el Juzgado federal de Dolores, donde tramita la causa en manos del magistrado Martín Bava, a Pablo Lanusse.

    Cabe destacar que Bava citó al ex presidente a indagatoria para el próximo 20 de octubre, acusado del espionaje ilegal sobre familiares de las víctimas del ARA San Juan, donde murieron 44 personas.

    Macri se quejó que Bava, juez federal subrogante de Dolores, lo citara a indagatoria cuando él se encuentra en el exterior y según dejó trascender a través de colaboradores con regreso el próximo 19 de octubre, con lo cual se prevé se presente al día siguiente a la indagatoria fijada en aquella ciudad.

    Según Macri, la prohibición de salida del país «carece de todo tipo de fundamentación, y por ende aniquila y vulnera los derechos, principios y garantías de defensa en juicio, debido proceso, mínima intervención estatal, libre circulación y tránsito, principio de inocencia, proporcionalidad y razonabilidad».

    «La decisión de disponer mi prohibición de salida del país no explica -y sin dudas allí radica el por qué de su ausencia absoluta de fundamentación- que tengo arraigo conocido en mi país, donde vivo con mi familia y desarrollo públicamente mi actividad política. La decisión de disponer mi prohibición de salida de país resulta entonces huérfana de toda fundamentación relacionada a mi persona y situación, lo cual conculca los derechos, principios y garantías que me amparan y que informan el debido proceso y la defensa en juicio», sostuvo.

    Macri fue citado como acusado de ordenar tareas de espionaje ilegal sobre víctimas del hundido submarino ARA San Juan desde 2017 a 2018 y de haber recibido muchos de esos informes que elaboró la Agencia Federal de Inteligencia.

    A Macri se le imputan seis hechos, en donde se reportan fotos, búsquedas en redes sociales, seguimientos, infiltraciones en marchas y testimonios.

    Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, entonces a cargo del organismo de inteligencia, ya fueron procesados por abuso de autoridad y violar la ley de inteligencia interior. El exmandatario había sido citado para el miércoles 6 pasado, pero pegó el faltazo al encontrarse en el exterior tras lo cual ese mismo día el magistrado fijó la nueva fecha del 20 próximo.

  • Comenzó a regir la nueva fase de la cuarentena, con prohición de reuniones sociales en todo el país

    Comenzó a regir la nueva fase de la cuarentena, con prohición de reuniones sociales en todo el país

    La prohibición de reuniones sociales para mitigar la velocidad de contagios de coronavirus comenzó a regir a partir de hoy y hasta el 16 de agosto como parte de la nueva etapa de distanciamiento y aislamiento social, preventivo y obligatorio, según las jurisdicciones, por la pandemia de coronavirus.

    «Quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente», consigna el Decreto de Necesidad y Urgencia 641/2020, publicado anoche en el Boletín Oficial y que comenzó a regir a partir de la 0 hora de hoy.

    A través de esa norma, el Gobierno oficializó la prórroga del distanciamiento social, preventivo y obligatorio y también del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus, según corresponda en cada jurisdicción del país.

    Mientras el aislamiento alcanza al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Jujuy y algunos departamentos de La Pampa, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el distanciamiento social, que implica mayores flexibilizaciones, rige en el resto del país y en los distritos del interior de la provincia de Buenos Aires.

    Esta novena extensión de la cuarentena que rige desde el 20 de marzo pasado por la pandemia de coronavirus agregó así la prohibición de eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en domicilio de personas, y restringió «eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados a una concurrencia mayor a diez personas», en los lugares donde rige el distanciamiento, ya que en donde está vigente el aislamiento no está permitido.

    «Los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control del cumplimiento de estas normas», indicó la norma.

    En el decreto se determinó que «la infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación».

    También quedó prohibida la «práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes».

    Asimismo, se prohibió la actividad en cines, teatros, clubes, centros culturales y el servicio de transporte público de pasajeros a nivel interurbano, interjurisdiccional e internacional, con las salvedades ya existentes para el personal considerado escencial.

    El DNU se dictó con el «objeto de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación indelegable del Estado nacional en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de marzo de 2020, y de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la situación epidemiológica existente en las distintas regiones del país con relación al Covid-19», señalan los considerandos.

    El distanciamiento social fue dispuesto en los «aglomerados urbanos, departamentos o partidos» de provincias que cumplan las condiciones de «no estar definidos por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen ‘transmisión comunitaria’ sostenida del virus», además de que «el tiempo de duplicación de casos confirmados no debe ser inferior a 15 días».

    Además, el DNU ratifica la limitación del servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional sólo para los «casos» de actividades esenciales, y se sostiene la restricción para el turismo.

    Para las zonas alcanzadas por el ASPO, en tanto, queda prohibido también el «dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades», además de «eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas», y «centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes».

    Las restricciones del ASPO alcanzan asimismo al servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, con excepción de los trabajadores esenciales, y las actividades turísticas.