Etiqueta: Arca nacional

  • El Arca lanza el PADIC para trabajadores independientes

    El Arca lanza el PADIC para trabajadores independientes

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ha creado el padrón de trabajadores independientes con Colaboradores (PADIC), un registro diseñado para los trabajadores independientes y sus colaboradores.
    Este nuevo padrón permite que los emprendedores puedan inscribirse dentro del marco del régimen especial unificado, una modalidad establecida en la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.

    Este nuevo padrón permite que los emprendedores puedan inscribirse dentro del marco del régimen especial unificado, una modalidad establecida en la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.

    Esta ley tiene como objetivo fomentar y simplificar la regularización de la actividad económica de trabajadores autónomos y emprendimientos, promoviendo una mayor inclusión en el sistema tributario de manera ágil y simplificada.

    La función que tiene es dictaminada por medio de la Resolución General N° 5599/2024 establece que el colaborador independiente tiene la libertad de realizar sus actividades de forma simultánea y de mantener contratos de colaboración, empleo o prestación de servicios con distintos contratantes.
    La inscripción debe completarse antes de que los colaboradores inicien sus actividades:

    Ingresar al sitio web de ARCA en la opción «Agregar emprendimientos»
    Completar nombre de fantasía del emprendimiento, fecha de inicio y de finalización, domicilio, actividad y CUIT de cada colaborador.
    Registrados los datos, tanto los trabajadores independientes como sus colaboradores recibirán una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico

    A partir de allí se dispondrá de un plazo de 72 horas para confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento.
    Ambos deben estar registrados en el régimen general de impuestos y seguridad social como trabajadores autónomos o adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

    En esta línea, ARCA impulsa la adopción de nuevas tecnologías y la reingeniería de procesos, facilitando el acceso a distintos incentivos tributarios y optimizando su control.

    Por el momento, la clave fiscal de los usuarios seguirá operativa sin cambios, mientras el Gobierno define los detalles de la transición de la ex AFIP a la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Hasta que se anuncien modificaciones específicas, los usuarios podrán seguir utilizando la clave fiscal actual para todas sus gestiones habituales.

    Si es necesario generar o recuperar la clave fiscal de forma remota, los usuarios pueden hacerlo a través de la app Mi AFIP, sin necesidad de asistencia presencial. Este sistema utiliza tecnología avanzada para verificar la identidad mediante pruebas de vida activas y pasivas, garantizando que quien realiza el trámite es un usuario real, y protegiendo contra intentos de fraude.

    La tecnología desarrollada por la ARCA (ex AFIP) continuará operativa, lo que permitirá a los usuarios acceder a la aplicación y gestionar su clave fiscal sin inconvenientes.

  • Nueva resolución de Arca de la Nación para los alquileres

    Nueva resolución de Arca de la Nación para los alquileres

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplazó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció nuevas deducciones que impactarán en el mercado inmobiliario y beneficiarán tanto a propietarios como inquilinos. 

    Luego de la derogación de la ley de alquileres y las liberación de las restricción a la hora de ofertar una propiedad, lo que generó un importante crecimiento en las locaciones disponibles: según el Colegio Inmobiliario de CABA, el aumento superó el 174% en 2024.

    Asimismo, desde el organismo fiscal reglamentaron diferentes beneficios impositivos para ambas partes.

    En esta nuevas actuaciones, el beneficio para propietarios e inquilinos es que la ex AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de los inmuebles que sean destinados a viviendas con el fin de reducir la carga administrativa y burocrática. Así lo reglamentó a través de la Resolución General 5545/2024.

    Sin embargo, aquellas personas que deseen concretar el trámite se les aplicará un descuento en los gastos impositivos.

    De acuerdo a lo detallado en la Ley 27737, quienes sean monotributistas y su única actividad vigente sea la del alquiler de inmuebles de hasta dos propiedades quedarán exento de pagar la totalidad del impuesto.

    Es decir, se podrán adherir al monotributo sin la necesidad de tener que abonar ninguna cuota a ARCA. 

    Para dejar de abonar el componente impositivo del monotributo destinado al alquiler de viviendas tendrán que cumplir con los siguientes requisitos: 
    No poseer más de dos unidades destinadas al alquiler.
    Tener el contrato registrado en AFIP, en caso de requerirse.
    Que la única actividad dentro del monotributo sea la actividad del alquiler de inmuebles.

    Por otro lado, los propietarios se ven beneficiados en la Resolución General 5521/2024, publicada hace dos meses en el Boletín Oficial, se aplicará una deducción del Impuesto a las Ganancias del 10% del monto total anual, a todos los locadores o locatarios que posean inmuebles alquilados como casa-habitación.


    Desde la administración de la Nación se informó que «este beneficio se añade a otros ya existentes, como la deducción del 40% para el locatario (inquilino) por hasta un monto equivalente al mínimo no imponible».

    Inclusive, donde se incorporaron una deducción al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias como un incentivo impositivo para la locación de inmuebles, estipulada en la Ley N° 27.737.

  • ARCA, la ex AFIP, investigará las transferencia de los argentinos en noviembre

    ARCA, la ex AFIP, investigará las transferencia de los argentinos en noviembre

    La ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que a partir de ahora es reemplazada por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), tenía como una de sus medidas controlar algunas transferencias.

    El control de transferencias tanto a familiares o amigos a través del homebanking y/o de las billeteras virtuales, consiste en que no pueda superar una cifra que determina la entidad. En caso de percibir un monto mayor, el contribuyente tiene que cumplir con una serie de pautas establecidas.

    Tras el boom de elegir transferir plata para pagar a través de las diferentes aplicaciones como Mercado Pago, Modo o Cuenta DNI, entre otras. Es así, que la AFIP había establecido una serie de montos máximos hasta los que se podía transferir dinero sin la necesidad de justificar de dónde provienen los fondos.

    Con la actual creación de de ARCA, el Gobierno evalúa si va a sostener estas medidas o si habrá cambios, incluso en los montos de ingreso y egreso de planta en las transacciones. Mientras tanto, el organismo seguirá funcionando de la misma manera.

    Desde la Afip se había anticipado que el monto límite para las transferencias sin la necesidad de presentar una declaración jurada a $400.000, que con los saltos mensuales es de $700.000. Si el usuario supera dicha cifra, podría requerírsele que justifique de dónde proviene el dinero.

    Asimismo, las transacciones individuales, en tanto, que sean superiores a $400.000 que se realicen por Mercado Pago deberán ser informadas por la compañía a al organismo de control.

    Sin embargo, en la actualidad deberán informarse los ingresos y egresos a través de transferencia bancaria o virtual cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, para lo cual deberá detallarse: tipo de transferencia ya sea bancaria o virtual, la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos.


    Por esto, tendrá que aclarar qué día van a realizar la transferencia, el monto total y el CBU o número de la cuenta de la persona que recibirá el dinero.