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  • Cinco provincias no establecieron protocolos para garantizar abortos no punibles

    Cinco provincias no establecieron protocolos para garantizar abortos no punibles

    Formosa, Tucumán, Santiago del Estero, San Juan y Corrientes todavía no cuentan con protocolos para garantizar a las mujeres y personas gestantes el derecho a acceder a la interrupción legal del embarazo (ILE) en los casos de excepción previstos por la legislación vigente, pese al impulso político del Gobierno y de un requerimiento de la Corte Suprema, en 2012, para que todas las provincias los establecieran.

    Horas después de ser nombrado ministro de Salud, Ginés González García, firmó la actualización del protocolo ILE, decisión, anunciada junto a referentes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que buscó fijar una «guía de procedimiento para que se cumpla con la ley de igual manera en cualquier parte del país» y como «respaldo a los profesionales de la salud», señaló en aquella ocasión el funcionario.

    Diecinueve provincias y la Ciudad de Buenos Aires cuentan con protocolos o guías para realizar un aborto cuando hay un peligro para la salud y/o la vida de la persona gestante, o cuando el embarazo es resultado de una violación, causales que fija la ley vigente desde 1921.

    Sin embargo, «no todos (los protocolos provinciales vigentes) establecen estándares y procedimientos para una atención de salud segura, de calidad y oportuna», advierte un informe elaborado por el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Red de Acceso al Aborto Seguro (Redaas) y Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes).

    De acuerdo con el informe «El aborto en cifras», elaborado por las organizaciones mencionadas, 15 provincias adhirieron al protocolo de Nación: Jujuy, La Rioja, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego, Entre Ríos, Chaco, Buenos Aires, CABA, Catamarca, La Pampa, Río Negro y Chubut. En tanto, Córdoba, Mendoza, Neuquén y Misiones fijaron sus propias directrices.

    Algunos de los protocolos provinciales vigentes «no incorporaron las exhortaciones del fallo FAL (de la Corte Suprema) respecto del acceso y atención del aborto», señaló el informe.

    En tanto, la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud considera que Córdoba, Mendoza, Chaco, Misiones, Neuquén, Salta, Santa Cruz, Catamarca, Chubut, y RÍo Negro «tienen protocolos o normativas que requieren actualización».

    El protocolo nacional se actualizó mediante resolución en diciembre de 2019 y establece un marco de acción normado, pero su ausencia no es impedimento para acceder al aborto no punible en ningún caso, debido a que todas la jurisdicciones del país deben garantizar su acceso.

    Desde 1921, conforme al artículo 86 del Código Penal, ratificado por la Corte Suprema en el fallo «FAL», de 2012, el aborto es legal en los siguientes casos: si representa un riesgo para la vida de la persona gestante, o para su bienestar físico, emocional y social o si es producto de una violación.

    El mismo fallo exhorta a los estados provinciales a proporcionar las condiciones necesarias para concretar las interrupciones legales de embarazos de manera rápida, accesible y segura. Formosa, Tucumán, Santiago del Estero, San Juan y Corrientes aún no avanzaron en este sentido.

    El relevamiento de ELA, Redaas y Cedes, en base a datos oficiales, indica que, en 2019, fueron efectuadas 8.388 interrupciones legales del embarazo en la Ciudad de Buenos Aires; 5028 en la provincia de Buenos Aires durante el primer semestre de 2020; y 1312, en Rosario, Santa Fe en 2018.

    En la Ciudad de Buenos Aires, el 55 por ciento de las mujeres y personas gestantes que solicitó una ILE tenía entre 20 y 29 años, y el 14 por ciento era menor de 20.

    Casi nueve de cada diez (87 por ciento), cursaban el primer trimestre de embarazo. El 84 por ciento de las prácticas fue realizado en el primer nivel de atención, los centros de salud; y el 16 por ciento, en hospitales.

    El 28 de septiembre último, Día de la Lucha por la Despenalización y Legalización del aborto en América Latina, la provincia de Buenos Aires informó que se invirtieron más de 39 millones de pesos en 16 mil tratamientos seguros, de acuerdo con el primer informe sobre la Interrupción Legal del Embarazo que elaboró la cartera sanitaria que conduce Daniel Gollan.

    En ese marco, por primera vez, el Gobierno bonaerense compró misoprostol para garantizar la ILE, adquirido a un laboratorio de producción pública.

  • Un juez otorgó derechos legales a un niño abortado después de que el padre demandó a la clínica de abortos

    Un juez otorgó derechos legales a un niño abortado después de que el padre demandó a la clínica de abortos

    Un juez de Alabama otorgó derechos legales a un niño abortado después de que el padre demandó a la clínica de abortos por poner fin a la vida de su hijo en contra de sus deseos.

    Ryan Magers, el padre, presentó una demanda por homicidio culposo el mes pasado alegando que no quería que su novia abortara a Baby Roe, el nombre legal otorgado al niño, según la demanda. Él estaba buscando ayuda legal cuando la madre abortó al bebé, según el abogado de Magers, Brent Helms.

    Con el fin de presentar una demanda de muerte por negligencia en nombre del niño por nacer, Helms solicitó a un tribunal testamentario del condado, que concediera a Magers el derecho de representar a Baby Roe. El juez testamentario Frank Barger aprobó la petición; según Helms, la decisión del juez constituye la primera vez que a un niño abortado se le otorga el derecho a representación legal y el derecho a presentar una demanda en Estados Unidos.

    “Ryan podía demandar en su propio nombre como padre, pero para poder demandar en nombre de Baby Roe, tuvimos pedir autorización al juez para actuar en representación del niño por nacer”, dijo Helms a La Gran Época.

    En un memorando de apoyo (pdf) a esta petición, Helms citó siete decisiones de la Corte Suprema del Estado de Alabama que, desde 2011, explícita o implícitamente reconocen la persona de los niños por nacer.

    Helms presentó la demanda ante el Tribunal de Circuito del Condado de Madison, Alabama, el 6 de febrero. La demanda (pdf) nombra a Alabama Women’s Center for Reproductive Alternatives, las personas involucradas en la realización del aborto y la compañía farmacéutica que produjo la píldora que la madre tomó para abortar Baby Roe.

    “Dijo que no quiere que ningún padre pase por lo que él pasó y que también quiere proteger a los niños por nacer”, dijo Helms.

    Después del aborto Magers se hizo un tatuaje.

    “En este tatuaje, él tiene tres rosas. Son para recordarle que el bebé es hermoso. Ya sea un niño o una niña, habría sido hermoso a sus ojos. El tatuaje también tiene un reloj. Ese reloj es para recordarle que el tiempo es precioso y que el tiempo en esta tierra debe aprovecharse al máximo”, dijo Helms.

    Magers le suplicó repetidamente a su novia que no abortara al niño.

    “Entre el descubrimiento del embarazo y la fecha de la cita, [Magers] le suplicó repetidamente a la madre para que no matara a Baby Roe”, dice la demanda.

    El memorándum en apoyo de la petición de representación establece que la madre abortó a Baby Roe en el primer trimestre del embarazo. Según la demanda, la madre de Baby Roe fue a la clínica de abortos y tomó una píldora para abortar al niño. Baby Roe murió el 12 de febrero de 2017, dice la demanda.

    “Ha sido difícil. Ha sido emotivo”, dijo Helms, sobre la experiencia de su cliente. “Estoy recibiendo correos electrónicos de padres de todo el país que expresan lo mismo, diciéndome que hace 20 años su novia o su esposa tuvieron un aborto y que realmente les ha afectado mentalmente”.

    Magers está pidiendo un juicio con jurado. El caso se encuentra actualmente en el tribunal de nivel inferior de Alabama, a dos niveles de la corte suprema del estado.

    La decisión del juez de conceder la representación del bebé parece ser la primera acción judicial importante después de la aprobación de la ley sobre la condición de persona del feto en Alabama, que dice que es política del Estado “reconocer y apoyar la inviolabilidad de la vida en el feto y los derechos de los niños por nacer, incluido el derecho a la vida”.

    Aprobada durante las elecciones de mitad de período del año pasado, la ley, también conocida como Enmienda 2, otorgó derechos constitucionales a los niños no nacidos y declaró que los habitantes de Alabama no tienen derecho al aborto según la constitución del Estado. Casi el 60 por ciento de los habitantes de Alabama apoyaron la ley durante las elecciones.

    Helms dijo que no pudo encontrar un caso en el que un padre demandara en nombre de un niño por nacer en Alabama o en cualquier otro lugar de Estados Unidos.

    “Me parece que somos los primeros”, dijo Helms.

    La demanda por homicidio culposo es un caso civil que, si Magers triunfa, resultaría en daños monetarios que le serían otorgados. Helms dijo que dado que el aborto es un negocio con fines de lucro en Alabama, las entidades involucradas tendrían que evaluar si todavía es rentable operar en el Estado mientras enfrentan el riesgo de demandas similares.

    “Si la responsabilidad pesa más que la rentabilidad, entonces simplemente como una decisión de negocios, no se van a involucrar en el aborto en el estado de Alabama”, dijo Helms.

    El Centro de Mujeres de Alabama debe presentar una respuesta a la demanda antes del 1 de abril, después de lo cual el juez puede conceder a Magers la oportunidad de responder o fijar una fecha para una audiencia.