Tomen nota: Condenan a empresa de correo porque un rionegrino compró un repuesto por internet y le llegó dañado


La Justicia ordenó a la empresa Correo Andreani a resarcir a un viedmense que compró un repuesto de una moto por internet y cuando lo recibió el paquete estaba dañado. Uno de los repuestos (aro de pistón) estaba quebrado en varias partes y el damnificado se presentó en el Juzgado de Paz para iniciar un proceso de menor cuantía.

La jueza Elsa Sartor convocó a una audiencia. El representante de Correo Andreani concurrió y manifestó la predisposición a acordar un resarcimiento. Sin embargo, luego no respondió a ninguno de las requisitorias del Juzgado de Paz.

De esta manera, hizo lugar a la presentación del ciudadano para “la devolución del costo del producto, el que actualizado da como resultado la suma de 9.264,51 pesos” a pagar en el plazo de 10 días.

A la hora de resolver, la jueza argumentó que “atento a la naturaleza dinámica de las relaciones de consumo y al comercio electrónico -que posibilita las compras online-, la Ley 24.240 en su artículo 40, establece un sistema de responsabilidad objetiva y solidaria por daños.

Esa Ley establece que “si el daño al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responderán el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio”.

Agrega que “el transportista responderá por los daños ocasionados a la cosa con motivo o en ocasión del servicio. La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan. Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena.”.

La jueza tuvo en cuenta que Andreani “en la audiencia prevista en el marco del proceso de menor cuantía, por medio de su apoderado manifestó su intención de llegar a un acuerdo que luego no cumplió, lo que denota una actitud de desprecio hacia el interés del consumidor contrariando así los principios rectores del sistema de protección consumeril”.