Etiqueta: Jubilación

  • Para poder jubilarte debe realizar algunos tramites

    Para poder jubilarte debe realizar algunos tramites

    El ANSES compartió por medio de sus redes sociales como poder realizar la solicitud para reconocimiento de los aportes.

    Por medio de esta gestión los trabajadores que lo requieran podrán ingresar sus aportes jubilatorios registrados en el ámbito nacional. Se incluyen los declarados por los empleadores y los realizados en trabajos independientes. 

    A este tramite lo podes realizar desde el organismo nacional únicamente quienes deban validar sus aportes. La institución detalla que se podrá realizar en cualquier momento de la vida laboral, cuando:  

    Para esto se necesita presentar ante organismo principales o cajas previsionales.
    Asimismo, también la documentación necesaria para demostrar períodos trabajados que no están registrados en la ANSES. 

    La documentación importante para poder emitir esta solicitud son la presentación de diversos comprobantes validados como:

    Recibos de sueldos 

    • Certificado de servicios emitido por tus empleadores
    • Telegramas que hayas enviado a lugares de trabajo que ya no estén activos, reclamando por los aportes faltantes. 

    Para poder hacer esta gestión de manera virtual,  es necesario seguir determinados pasos. Los que establece la institución son estos:

    Reunir la documentación necesaria, como el Documento Nacional de Identidad 

    • Obtener la Clave de la Seguridad Social
    • Ingresar en la Atención virtual 
    • Solicitar reconocimiento de servicio
  • El Gobierno oficializó la baja de la jubilación y pensión de privilegio de Cristina Fernández

    El Gobierno oficializó la baja de la jubilación y pensión de privilegio de Cristina Fernández

    El gobierno nacional oficializó la baja de la jubilación de privilegio de la expresidenta Cristina Kirchner y la pensión correspondiente al expresidente Néstor Kirchner.

    La medida quedó plasmada en la Resolución 1092/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial en el que recuerda el reciente fallo de la Cámara Federal de Casación Penal al confirmar la condena a la ex presidenta «a la pena de seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos accesorias legales y las costas del proceso, por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública».

    Teniendo en cuenta esto, en el artículo 1 de la resolución se definió “la baja de los Beneficios Nros. 47-0-0000282-0 y 47-6-8085213-0 del Registro Único de Beneficiarios (RUB) de esta Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), cuya titularidad detenta la Sra. Cristina Elisabet Fernández”.

    También plantea en el documento que la decisión de eliminarle la jubilación de privilegio y la pensión responde a la incompatibilidad con dicha causa, ya que «la finalidad de las asignaciones oportunamente otorgadas a favor de la titular, ya sean directas o derivadas, devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional«.

    Asimismo, se indica que «una particular circunstancia que otorga legitimidad de percepción a sus beneficiarios le viene dada por ciertas conductas que tienen que acreditar en función del ejercicio de altos cargos en la Administración Pública, siendo que esa premisa no solo tiene que acreditarse al cese en el cargo sino también durante la percepción del beneficio».

    Además, se aclara que una condición fundamental para recibir el beneficio consiste en el «buen desempeño en el cargo prestado en las altas esferas de la Nación».

    En tanto, la resolución afirma que el beneficio previsto por la Ley 24.018 para ex presidentes y ex vicepresidentes de la Nación es una asignación graciable «que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño del cargo» y que «no tiene carácter contributivo -esto es, no está sustentada en aportes equivalentes realizados por el propio beneficiario- constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor».

    Cabe mencionar que durante la conferencia del vocero presidencial, Manuel Adorni,  se aclaró que Cristina Kirchner «va a poder seguir cobrando una pensión y una jubilación de acuerdo a sus aportes, y no por un adicional por los privilegios», mientras que ella podrá apelar la medida.

    https://es.scribd.com/document/792632087/aviso-316992-1

  • Bono previsional de hasta $70.000 y aumento en jubilaciones de noviembre: detalles y calendario de pagos de ANSES

    Bono previsional de hasta $70.000 y aumento en jubilaciones de noviembre: detalles y calendario de pagos de ANSES

    #BonoPrevisional #Jubilaciones #ANSES

    El Gobierno argentino confirmó el otorgamiento de un bono extraordinario de hasta $70.000 para los jubilados en noviembre de 2024, mediante el Decreto 965/2024, publicado en el Boletín Oficial. Junto con este beneficio, se aplicará un incremento del 3,47% a las jubilaciones, ajustado a la inflación de septiembre, lo que elevará la jubilación mínima a $252.798 y la máxima a $1.701.094. Esta medida, destinada a aliviar el impacto de la inflación, se complementa con una reorganización en el calendario de pagos debido al feriado del 18 de noviembre por el Día de la Soberanía Nacional.

    Incremento y bono extraordinario: montos y beneficiarios

    La actualización del 3,47% sobre las jubilaciones mínimas y máximas ajusta los montos que percibirán los jubilados y pensionados de ANSES en noviembre. Con el bono de $70.000, la jubilación mínima alcanzará los $322.798, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) aumentará a $202.238,78 y, sumado el bono, llegará a $272.238,78. Las pensiones no contributivas (PNC) por invalidez o vejez también serán beneficiadas, elevándose a $246.958,94 con el bono.

    De acuerdo con el Decreto 965/2024, el bono extraordinario se aplicará a las prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES, las pensiones no contributivas, las graciables y las transferidas a la Nación. Este bono será no remunerativo y no se aplicarán descuentos, garantizando que ningún jubilado perciba menos de $322.798 en noviembre.

    Calendario de pagos de ANSES en noviembre 2024

    Debido al feriado del 18 de noviembre, ANSES reprogramó las fechas de cobro para los beneficiarios de jubilaciones, AUH y otros planes sociales. A continuación, se detalla el calendario de pagos para los jubilados y pensionados, según la terminación del DNI:

    Jubilaciones y pensiones menores a un haber mínimo

    • DNI terminados en 0: viernes 8 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 1: lunes 11 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 2: martes 12 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 3: miércoles 13 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 4: jueves 14 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 5: viernes 15 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 6: martes 19 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 7: miércoles 20 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 8: jueves 21 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 9: viernes 22 de noviembre de 2024

    Jubilaciones y pensiones que superen el haber mínimo

    • DNI terminados en 0 y 1: lunes 25 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 2 y 3: martes 26 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 4 y 5: miércoles 27 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 6 y 7: jueves 28 de noviembre de 2024
    • DNI terminados en 8 y 9: viernes 29 de noviembre de 2024

    Recomendaciones para beneficiarios

    Las autoridades recomiendan a los beneficiarios verificar las fechas de cobro según el calendario y utilizar los canales digitales de ANSES para consultas sobre haberes y prestaciones. Además, se recuerda que el bono extraordinario solo será otorgado a quienes tengan sus beneficios vigentes en el mismo mes de liquidación y que en casos de pensiones, se considerará un único titular por cada derecho a percibir el bono.

  • Alberto Fernández ya inició el trámite de su jubilación como ex presidente: cobraría unos 7 millones de pesos

    Alberto Fernández ya inició el trámite de su jubilación como ex presidente: cobraría unos 7 millones de pesos

    Alberto Fernández tiene decidido regresar al país antes de fin de mes y también cobrar la pensión honorífica que le corresponde como expresidente de la Nación. Se trata de un beneficio cercano a los 7 millones de pesos por mes y para ello habría iniciado un trámite en la Anses que se encontraría en proceso de liquidación.

    Si bien en el organismo nacional se negaron a confirmar el dato, un exfuncionario que supo trabajar codo a codo con el exmandatario deslizó que «entiendo que ya inició» el trámite y que «en marzo Alberto estará acá de regreso«. Es que a poco de finalizar su mandato, Fernández viajó a España con la intención de explorar la posibilidad de radicarse por un tiempo en el país ibérico y dar clases en distintas universidades.

    El problema radica en que para cobrar la pensión vitalicia que autoriza la ley 24.018 a expresidentes y exvicepresidentes, el actual titular del PJ debería regresar a la Argentina: «es condición que los beneficiarios estén domiciliados en el país», reza el artículo 5 de la citada normativa. «No vive en Argentina, no le corresponde», advierte, en este sentido, la diputada Graciela Ocaña, que estima en «alrededor de 7 millones de pesos» este beneficio.

    En el entorno del exmandatario, en cambio, señalan que «le corresponde la pensión y la va a tramitar» y que tiene previsto regresar a la Argentina en el transcurso de este mes. «No se va a radicar en España», insiste un estrecho colaborador de Alberto a Clarín. Sí es probable que durante el año mantenga agenda en ambos países porque su mujer, Fabiola Yánez, permanecerá en la península por «cuestiones personales».

    Por una cuestión de salud, la exprimera dama no participó de la audiencia que el Papa le brindó a Fernández el 16 de enero, y por eso él arribó a El Vaticano sólo acompañado por su pequeño hijo Francisco.

    En este contexto, la denominada Ley Bases plantea la eliminación de las pensiones comprendidas por la ley 24.018. Si bien fue aprobada a nivel general en Diputados, este martes se debatirá artículo por artículo en el recinto pero difícilmente quede en el camino el que suprime este tipo de jubilación de privilegio. Sin embargo, aun si se aprobara ese cambio no se aplicaría respecto de Alberto Fernández, en caso de que prosperara el trámite del exmandatario en el organismo conducido por el cordobés Osvaldo Giordano.

    Objeciones a la «honorabilidad» del ex presidente

    Empero, hay dirigentes de la oposición que están abocados a que Fernández no pueda cobrar una pensión graciable. El 23 de noviembre, la diputada Marcela Campagnoli (JxC), le solicitó a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas que evalúe si le correspondería el cobro de este ingreso, aduciendo una serie de hechos que comprometerían su «honorabilidad», uno de los requisitos del beneficio.

    Según la diputada, Fernández habría incumplido los deberes de funcionario público porque durante su mandato no dejó su cargo como docente universitario al tiempo que mencionó los escándalos que lo involucraron como la “fiesta de Olivos” durante la cuarentena y el denominado “Vacunatorio VIP”. A su entender, estos hechos expondrían una clara “violación de la ley de Ética Pública sobre deberes y pautas de comportamiento ético”.

    La diputada también acusó al expresidente por “inobservancia de la Constitución Nacional en cuanto a la designación de magistrados del Poder Judicial” y por la “delegación de facultades de presidente a un ministro”, en alusión al inusual protagonismo que en 2023 cobró el exministro de Economía, Sergio Massa, que decantó en su candidatura presidencial.

    También mencionó como hechos reprochables que Yáñez haya supuestamente utilizado la Fundación del Banco de la Nación Argentina para “promoción de su empresa personal”, en alusión a la firma “Vive y Sueña”.

    «Lo que queremos es declarar su no honorabilidad. Pero la Procuraduría adujo que no le correspondía tramitar este expediente y que debería hacerlo la Anses», indicó Campagnoli a este diario.

    Cerca del primer mandatario, en tanto, justifican el posible cobro del beneficio y que necesita este ingreso para poder «pagar las cuentas». Destacan, en este sentido, que se retiró de la función pública sin causas judiciales de corrupción en su contra.

    Fuente: Clarín

  • Qué dice el proyecto de DNU de jubilación anticipada por desempleo

    Qué dice el proyecto de DNU de jubilación anticipada por desempleo

    Es para trabajadores hombres de entre 60 y 64 años y mujeres de entre 55 y 59 años. Requisitos y restricciones.

    Está a la firma del Presidente Alberto Fernández un proyecto de Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para los trabajadores desocupados al 30 de junio de este año – mujeres entre 55 y 59 años y varones entre 60 y 64 años con 30 años de aportes efectivos (sin moratoria) ingresados en la Seguridad Social. Si cumplen esos requisitos podrán jubilarse con el 80% del haber que les corresponde, “no pudiendo en ningún caso resultar inferior al haber mínimo” ( hoy $ 25.922). Y cuando alcancen la edad jubilatoria ( 60 años las mujeres, 65 años los varones) pasarán a cobrar el 100%.

    El proyecto de Prestación Anticipada por Desempleo (PAD), además, de la cobertura de la obra social (PAMI), en el artículo 6 agrega que en caso de fallecimiento del titular, el cónyuge o conviviente tienen el derecho de pensión por viudez.

    El artículo 4 del DNU especifica que “la Prestación Anticipada tiene carácter extraordinario y su solicitud podrá efectuarse dentro de los dos años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente”.

    Por su parte, el artículo 7 aclara que “la Prestación Anticipada es incompatible con la realización de actividades en relación de dependencia o por cuenta propia, y con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil o militar, ya sean nacionales, provinciales o municipales”.

    En tanto, el artículo 5 señala que una vez otorgado ese beneficio, ”se extinguirá en el supuesto en que la persona beneficiaria se incapacite y acceda a las prestaciones de retiro por Invalidez“ de la ley previsional.

    Por su parte, el artículo señala que “la Jefatura de Gabinete de Ministros procederá a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por la presente medida”.

    En base a los registros de ANSeS, en el Gobierno estiman que la PAD en lo inmediato podría beneficiar a más de 30.000 personas, los llamados “jóvenes para jubilarse pero grandes para trabajar«. Son la contracara de los que tienen la edad para jubilarse pero les falta años de aportes para completar los 30 años mínimos requeridos.

    Sin ingresos, algunos logran hacer alguna “changa” informal, pero todos deben esperar cumplir los 60 años en el caso de las mujeres o 65 años los varones para jubilarse, requisito para iniciar el trámite previsional.

    El texto es muy similar a la PAD que rigió a través de la ley N° 25.994 sancionada en enero de 2005 y que tuvo vigencia hasta 2007. Entonces 47.236 personas accedieron a la PAD, de acuerdo al Boletín Estadístico de la Seguridad Social.

    El Informe Técnico de ANSeS que propicia el proyecto de DNU dice “que su dictado resulta conveniente en términos de propiciar medidas de inclusión para un grupo particularmente vulnerable en virtud de problemáticas estructurales y coyunturales del mercado de trabajo” y “con menores posibilidades que otros grupos poblacionales para su reinserción laboral”.

    También reconoce “el esfuerzo contributivo de las personas” por contar con más de 30 años de aportes, “ y las dificultades para obtener ingresos suficientes afectados por la crisis económica previa y durante la pandemia de COVID-19” .

    Concluye que se “torna una medida de carácter urgente, dado que garantizará ingresos permanentes a personas que hoy se encuentran en situación de vulnerabilidad, a la vez que les otorgará cobertura sanitaria, una protección de suma relevancia atendiendo a que la pandemia del COVID-19 sigue vigente” .

  • El Ministerio de Educación intimará a docentes que estén en condicciones de jubilarse

    El Ministerio de Educación intimará a docentes que estén en condicciones de jubilarse

    El ministerio de Educación intimará a aquellos docentes que se encuentran en condiciones de jubilarse y no lo han hecho a  la fecha. Según los registros de la cartera educativa, en la provincia hay alrededor de 450 educadores que ya han cumplido con la edad y los años de antigüedad que establece la Ley. 

    En primera instancia, el ministerio procedió a notificar a los docentes sobre la necesidad de realizar las gestiones administrativas para adherir al beneficio jubilatorio, en la próxima etapa procederá a intimar a los que aún no hayan iniciado el trámite correspondiente.  

    La necesidad de que los docentes se jubilen obedece a que hay una importante cantidad de docentes recibidos que se encuentran a la espera de ingresar al sistema educativo. 

    El tema resurgió en medio del conflicto de la resolución 934 y el requerimiento de algunos sectores de estudiantes de Institutos de Educación Superior (IES). 
    Al respecto, el ministro de Educación, Daniel Gutierrez explicó en declaraciones radiales que “estamos intentando que  450 docentes en toda la provincia, que están en condiciones de jubilarse porque han cumplido con los años de aportes y ya tienen la edad para hacer, efectivamente se jubilen. Estamos mandando la invitacion a que se jubilen a tenor del Decreto N255 del año 0209, luego los vamos a intimar para que se jubilen, para que cumplan la etapa de su vida laboral que ya está realizada y dejen el lugar a los nuevos”. 

    En idéntico sentido, el titular de la cartera educativa de la provincia señaló que si los docentes no se jubilan “pasan estas cosas, si los que tienen que ir saliendo no salen, los que tienen que ir entrando no pueden  hacerlo. Estamos trabajando en avanzar en la jubilación de aquellos que ya han concluido con su etapa para que vayan dejando el lugar a los que vienen”.

  • Inadmisible: En Salta, la jubilación mínima quedó por debajo de la línea de la indigencia

    Inadmisible: En Salta, la jubilación mínima quedó por debajo de la línea de la indigencia

    Los últimos datos del «Índice barrial de precios» plantean una situación «preocupante», de acuerdo con el adjetivo que utilizó ayer Federico Maigua, responsable del sondeo, en conferencia de prensa.

    El «Índice barrial de precios» es un relevamiento del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (Isepci) que se realiza en 250 comercios chicos y medianos de 80 barrios de la ciudad de Salta. Es un trabajo serio que vienen desarrollando desde hace algunos años y que casi nadie cuestiona.

    En los barrios de la capital salteña la canasta básica total (CBT), para octubre de 2018, tiene el «alarmante» costo de 22.681 pesos. Esto quiere decir que una familia tipo que reside en la ciudad necesita ese monto para no ser pobre; y esto sin contar un alquiler.

    En tanto que la canasta básica de alimentos (CBA), para el mismo mes y año, dio un valor de 9.108 pesos. Eso es lo que necesita una familia para no caer en la indigencia. Es una cifra «inquietante», teniendo en cuenta que recién en septiembre aumentaron la jubilación mínima un 6,68% para que llegara a los $8.630 pesos aproximadamente.

    Eso implica que los jubilados que ganan el haber más bajo, a partir de octubre, están al menos por debajo de la línea de indigencia, indica un informe especial publicado por el diario El Tribuno, que lleva la firma del periodista Antonio Gaspar.

    Mes a mes

    Si se calcula que la nueva fórmula previsional, que aprobó el Congreso en 2017, hará llegar las jubilaciones a los $9.160 a fin de año, y que la inflación seguirá alta, los números se tornan «angustiosos».

    La variación de mes a mes es más alta que la que brindó hace unos días el Indec, según la cual la inflación de octubre fue del 5,4 por ciento (con respecto a septiembre) y tuvo una acumulación de 39,5% en lo que va del año.

    En Salta, de acuerdo a datos del Isepci, hubo una inflación mensual de 7,2 por ciento para octubre y la acumulada de la canasta básica total, para los 10 meses del 2018, da la «escalofriante» cifra de 47,21%.

    Lo que más alerta es que la inflación interanual, con octubre de 2017, arroja un 58,50 por ciento en los productos de la canasta básica total. Estos números parecen de una película de terror.

    «Nosotros calculamos que la inflación final para el año 2018 será superior al 52-54 por ciento en los barrios de nuestra ciudad», dijo ayer el referente del Isepci. Maigua evaluó además que los precios no van a dejar de aumentar y seguirán los rangos porcentuales que se presentaron para octubre.

    «Utilizamos herramientas que incluyen al transporte, los combustibles y los servicios públicos. Como ya está anunciado de manera oficial que estos subirán indefectiblemente a cada comienzo de mes, calculamos que la cifra final estará por arriba del 50 por ciento», dijo.

    Lo saludable subió más

    Federico Maigua se refirió a las diferencias en las variaciones de precios y sueldos. “Por un lado, los aumentos salariales, por las paritarias firmadas, van por las escaleras y por otro la inflación sube por el ascensor”, dijo Maigua, apelando a una frase vieja pero nunca más actualizada.
    La “diferencia” entre septiembre y octubre último, en cuanto a variación en ambas canastas, dio un 7,52 por ciento. En cuanto a Canasta Básica Total sería de 1.586,38 pesos teniendo en cuenta que estaba en septiembre último en los 21.681 pesos.
    Si a esa diferencia, entre septiembre y octubre, se la divide sobre los días del mes dará una cifra de 51 pesos de aumento diario.
    El último aumento de las jubilaciones, en septiembre, fue de 541 pesos, que divididos sobre la inflación diaria se diluyen en 10 días.
    No es solo el aumento indiscriminado de los precios. No es, como dice el sentido común del vecino de a pie, que “todo sube”. El análisis de la evolución de los precios por productos ofrece resultados llamativos.
    En la variación mensual de la Canasta Básica de Alimentos, en los rubros verdulería y carnicería los aumentos fueron de 15,83 por ciento y 7,55 por ciento, respectivamente. Son los incrementos más marcados. 
    Es decir que estos alimentos subieron muy por encima de los artículos de almacén, como los dulces y panificados, que registraron una suba del 4,93 por ciento.
    En la lectura fina se percibe que no todos los alimentos subieron por igual: los considerados más sanos y nutritivos se encarecieron aún más. 
    El corte de nalga, que se utiliza para cocinar milanesas, subió un 10 por ciento. La merluza, recomendada para una dieta saludable, subió más del 32 por ciento y el hígado (rico en hierro) experimentó un inusual aumento del 16 por ciento.
    En tanto, todas las harinas y sus derivados no sufrieron alteraciones en sus precios y registraron un curioso 0 por ciento de aumento.