Etiqueta: IVA

  • El Gobierno elimina las retenciones de IVA y Ganancias en las ventas de comercios

    El Gobierno elimina las retenciones de IVA y Ganancias en las ventas de comercios

    El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció una medida clave que busca reducir la carga fiscal sobre los comercios en Argentina. A partir del 1 de septiembre de 2024, se eliminarán las retenciones a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias en las ventas realizadas con tarjetas de crédito, débito y otros medios electrónicos de pago.

    Esta iniciativa se enmarca en la ampliación del paquete fiscal aprobado por el Gobierno, y suprime las retenciones que hasta ahora se aplicaban sobre los pagos efectuados a través de tarjetas y sistemas electrónicos. Caputo destacó que esta medida permitirá avanzar en la formalización de las transacciones comerciales, fomentar la inclusión financiera y reducir los costos operativos asociados a los sistemas de pago.

    El ministro subrayó la importancia de esta acción para el sector privado, señalando que «representa un enorme beneficio para aquellos que invierten y apuestan por el crecimiento de la economía argentina». Además, convocó a las provincias a adherirse a este régimen y eliminar también las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que afectan a los pagos comprendidos en la nueva normativa.

    La eliminación de estas retenciones es el primer paso en una serie de medidas que el Gobierno planea implementar en los próximos 30 días, todas orientadas a reducir el «costo argentino» y estimular la actividad económica en el país. La norma será publicada en el Boletín Oficial esta semana y marcará un cambio significativo en el tratamiento fiscal de los comercios a nivel nacional.

  • Ya se puede comprar sin IVA: diez claves que tenés que saber

    Ya se puede comprar sin IVA: diez claves que tenés que saber

    A partir de este lunes comenzó el programa de devolución de IVA en las compras, de productos de la canasta básica, que se realicen con tarjeta de débito.

    Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se lanzó este lunes, 18 de septiembre, el programa “Compre sin IVA”, una medida que busca aliviar la carga fiscal en la compra de productos de la canasta básica a través de la devolución del IVA (Impuesto al Valor Agregado) en compras de productos de la canasta básica, hechas con tarjeta de débito y con tope máximo de $18.800 al mes.

    El programa, puesto en marcha por Alberto Fernández, había sido anunciado días atrás por Sergio Massa, ministro de Economía y candidato a presidente del partido Unión por la Patria (UP).

    Según fuentes de AFIP, alrededor de 20 millones de personas ya pueden obtener el beneficio.

    Las diez claves más importantes

    1) Devolución del IVA: quiénes están alcanzados

    Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí.

    a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

    b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

    El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

    c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

    d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

    Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

    e) Personal de Casas Particulares.

    f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977 (Cargos públicos o Ejercicio de la dirección, administración y/o conducción de sociedades).

    2) Requisitos

    Los jubilados no podrán cobrar más de tres haberes mínimos. Actualmente la mínima se encuentra en $87.460, por lo tanto, no podrán acceder al beneficio quienes cobren por encima de los $262.380.

    Los trabajadores formales deberán tener ingresos de hasta seis salarios mínimos, vitales y móviles. Esto implica $708.000 brutos en total.

    Los monotributistas no deberán tener otra fuente de ingresos más que la principal.

    3) Modalidad de pago

    Las compras solo se podrán realizar mediante tarjetas de débito cuenta sueldo, por lo que sí se abona mediante crédito, transferencia o en efectivo, no entrarán en el programa. Las billeteras virtuales tampoco son permitidas, excepto Cuenta DNI.

    4) Cómo se efectúa la devolución

    El reembolso se hará efectivo de manera automática dentro de las 48 horas y con un tope de $18.800 por mes y por persona, realizadas con tarjeta de débito bancarias. No se necesita trámite previo.

    5) ¿Cuánto dinero se devolverá?

    El dinero que se reintegrará será la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica (21% del valor de los productos), con un tope de $18.000 mensuales por beneficiario. Esto es aproximadamente para un gasto de $108.000 mensuales.

    6) ¿Qué productos son alcanzados?

    • Pan
    • Galletitas de agua
    • Galletitas dulces
    • Arroz
    • Harina de trigo
    • Otras harinas (maíz)
    • Fideos
    • Papa
    • Batata
    • Azúcar
    • Dulces: incluye dulce de batata, mermelada, dulce de leche
    • Legumbres secas: lentejas y arvejas
    • Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado
    • Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana, pera
    • Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado
    • Fiambres
    • Huevos
    • Leche
    • Queso: queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar
    • Yogur
    • Manteca
    • Aceite
    • Bebidas no alcohólicas
    • Bebidas alcohólicas
    • Sal fina
    • Condimentos
    • Vinagre
    • Café
    • Yerba

    7) ¿Se puede combinar con otros beneficios?

    Se pueden pueden utilizar promociones bancarias y acumular descuentos. En esta nota, todas las promociones bancarias tarjeta por tarjeta.

    8) ¿Dónde se puede utilizar el beneficio?

    En todos los comercios, supermercados, minimercados, mayoristas, verdulerías, carnicerías, fruterías, que vendan este tipo de productos y estén debidamente registrados en la actividad formal.

    9) ¿El reintegro es por grupo familiar?

    El límite mensual de reintegro es por persona y no por grupo familiar, y no es acumulable: lo que significa que si una persona es monotributista y, al mismo tiempo, trabaja en relación de dependencia, tendrá un límite de $18.800.

    10) ¿Hasta cuándo estará vigente?

    El programa “Compre sin IVA” establece la devolución del 21% del IVA para todos los productos de la canasta básica alimentaria desde el lunes 18 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2023.

  • Catamarca fue a la Corte Suprema por la quita del IVA a alimentos de la canasta básica

    Catamarca fue a la Corte Suprema por la quita del IVA a alimentos de la canasta básica

    Catamarca fue a la Corte Suprema por la quita del IVA a alimentos

    La Provincia presentó, en la mañana de ayer, ante el máximo tribunal judicial de la Nación una acción de amparo de inconstitucionalidad contra los decretos presidenciales 561 y 567 que, se estima, repercutirán en un perjuicio de 1.100 millones de pesos para las arcas catamarqueñas.

    El Asesor General de Gobierno, Pablo Gallardo, confirmó que Catamarca presentó esta mañana, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una acción de amparo contra los decretos 561 y 567 emitidos por el Gobierno nacional, por medio de los cuales el Presidente Mauricio Macri dispuso medidas que incluyen la suba del piso de Ganancias, cambios en monotributo y autónomos y quitas del IVA a alimentos de la canasta básica, impuestos que forman parte de la masa coparticipable y por lo tanto la provincia sufrirá una detracción de fondos que tenía presupuestados.

    Catamarca se suma así al bloque de 16 distritos (junto con Formosa, Tierra del Fuego, Río Negro, Chubut, La Pampa, La Rioja, Neuquén, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tucumán, Santa Fe, Misiones y San Juan) que iniciaron demandas de inconstitucionalidad contra los citados instrumentos legales que implementó Macri luego de la derrota electoral en las PASO celebradas el pasado 11 de agosto.

    El funcionario catamarqueño explicó que los argumentos de las provincias ante la Corte Suprema son homogéneos en algunos aspectos, mientras que se diferencian en cuanto a cómo inciden las medidas nacionales en los respectivos presupuestos.

    Con respecto a la pérdida de recursos que sufrirá la provincia por la menor recaudación de IVA, Ganancias y Monotribuno, Gallardo indicó que las estimaciones indican que hasta fin de año la Catamarca recibirá mil cien millones de pesos menos.

    “El Presidente sistemáticamente decide no observar la Constitución Nacional, sobre todo en las cuestiones referidas al derecho intrafederal, que tienen que ver con los aspectos coparticipables. Desde Catamarca sostenemos que se deben tomar medidas que repercutan en un aliciente a la crisis que sufrimos los argentinos. Pero el Estado nacional debe afrontarlas con sus propios recursos, toda vez que cobra impuestos directos que componen el Tesoro de la Nación y por impuestos indirectos se queda con el 50 por ciento de la masa coparticipable. Pero lo que pretende Macri es que las jurisdicciones paguen por las medidas netamente electoralistas que tomó”, cuestionó el Asesor General de Gobierno.

    Por último, Gallardo señaló que la presentación legal seguirá un curso similar a la acción presentada oportunamente por Catamarca por la eliminación del Fondo Federal Solidario. Por ejemplo, tomará vista el Procurador General de la Nación y luego se llamará a audiencia. No obstante, indicó que el planteo también se puede resolver desde la política, lo que dependerá de que Nación abra un diálogo sincero y honesto con las provincias.