Etiqueta: billeteras virtuales

  • Nuevos controles en transferencias electrónicas: Todo lo que hay que saber

    Nuevos controles en transferencias electrónicas: Todo lo que hay que saber

    El objetivo de ARCA es reducir la evasión fiscal y asegurar que todos contribuyan de manera justa al sistema.

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó a implementar nuevos controles sobre transferencias electrónicas. Este cambio busca poner la lupa sobre transacciones significativas y, en muchos casos, evitar la evasión fiscal que se produce en el comercio informal.

    Es común que muchas personas, al cobrar su sueldo, transfieran parte de ese dinero a billeteras electrónicas o fondos de inversión, buscando obtener algún rendimiento, aunque este sea cada vez más bajo debido a la caída de la tasa de interés. Se trata de una práctica habitual que, aunque no es ilegal, despierta el interés de las autoridades fiscales.

    ARCA establece que las billeteras virtuales deberán informar sobre transferencias que superen los 400.000 pesos o cuando el saldo mensual de una cuenta supere los 700.000 pesos. Esta medida no limita la cantidad de dinero que se puede transferir, pero sí obliga a las plataformas a comunicar estas transacciones a la agencia, lo que implica un control más riguroso sobre las operaciones de mayor monto.

    El objetivo principal de esta normativa es detectar la evasión, especialmente en transacciones comerciales donde se utilizan billeteras electrónicas. Muchas veces, los comerciantes prefieren recibir pagos a través de transferencias para evitar rendir cuentas de sus ingresos. Con esta nueva regulación, ARCA busca que quienes realicen compras de alto valor justifiquen el origen de esos fondos.

    Es importante destacar que, aunque las transferencias menores a 400.000 pesos no quedan exentas de control, la dificultad para rastrear operaciones de menor monto hace que la atención se centre en las transacciones más significativas. Así, el foco se coloca en aquellos que presentan saldos elevados o realizan compras importantes, lo que podría generar sospechas sobre la fuente de esos ingresos.

    La normativa también se extiende a aquellos que reciben múltiples transferencias de bajo monto, lo que puede ser indicativo de actividades no declaradas. Es un intento de ARCA por cerrar las grietas de un sistema que, en muchos casos, permite la evasión fiscal a través de operaciones en negro.

    Es fundamental que los contribuyentes estén al tanto de estas regulaciones y que mantengan un registro claro de sus transacciones. La comunicación de ARCA no se centrará en operaciones comunes y corrientes, sino en aquellas que presenten inconsistencias que puedan levantar sospechas. Por lo tanto, es recomendable tener la documentación necesaria que respalde cualquier movimiento significativo de dinero.

    En resumen, la implementación de estos controles es un paso hacia la formalización de las operaciones financieras en el país. Aunque puede generar inquietud entre algunos, el objetivo es claro: reducir la evasión fiscal y asegurar que todos contribuyan de manera justa al sistema.

  • ARCA, la ex AFIP, investigará las transferencia de los argentinos en noviembre

    ARCA, la ex AFIP, investigará las transferencia de los argentinos en noviembre

    La ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que a partir de ahora es reemplazada por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), tenía como una de sus medidas controlar algunas transferencias.

    El control de transferencias tanto a familiares o amigos a través del homebanking y/o de las billeteras virtuales, consiste en que no pueda superar una cifra que determina la entidad. En caso de percibir un monto mayor, el contribuyente tiene que cumplir con una serie de pautas establecidas.

    Tras el boom de elegir transferir plata para pagar a través de las diferentes aplicaciones como Mercado Pago, Modo o Cuenta DNI, entre otras. Es así, que la AFIP había establecido una serie de montos máximos hasta los que se podía transferir dinero sin la necesidad de justificar de dónde provienen los fondos.

    Con la actual creación de de ARCA, el Gobierno evalúa si va a sostener estas medidas o si habrá cambios, incluso en los montos de ingreso y egreso de planta en las transacciones. Mientras tanto, el organismo seguirá funcionando de la misma manera.

    Desde la Afip se había anticipado que el monto límite para las transferencias sin la necesidad de presentar una declaración jurada a $400.000, que con los saltos mensuales es de $700.000. Si el usuario supera dicha cifra, podría requerírsele que justifique de dónde proviene el dinero.

    Asimismo, las transacciones individuales, en tanto, que sean superiores a $400.000 que se realicen por Mercado Pago deberán ser informadas por la compañía a al organismo de control.

    Sin embargo, en la actualidad deberán informarse los ingresos y egresos a través de transferencia bancaria o virtual cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, para lo cual deberá detallarse: tipo de transferencia ya sea bancaria o virtual, la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos.


    Por esto, tendrá que aclarar qué día van a realizar la transferencia, el monto total y el CBU o número de la cuenta de la persona que recibirá el dinero.

  • Billeteras virtuales: ¿cuál te paga más y cuánto ganás si depositás $200.000?

    Billeteras virtuales: ¿cuál te paga más y cuánto ganás si depositás $200.000?

    Invertir en billeteras virtuales se ha convertido en una alternativa popular para generar ganancias. Si estás pensando en depositar $200.000, te presentamos un análisis actualizado de las principales opciones, incluyendo Naranja X, Ualá, Mercado Pago, Claro Pay, Personal Pay y Prex:

    1. Naranja X:

    • Tasa de interés anual: 95% (límite $200.000)
    • Rendimiento mensual: 7,91%
    • Ganancia en 30 días: $15.820
    • Tipo de cuenta: Cuenta gratuita
    • Requisitos: Sin requisitos
    • Limite de inversión: $200.000
    • Comentarios: Tasa más alta para montos menores a $200.000

    2. Ualá:

    • Tasa de interés anual: 90,7%
    • Rendimiento mensual: 7,55%
    • Ganancia en 30 días: $15.100
    • Tipo de cuenta: Cuenta gratuita
    • Requisitos: Sin requisitos
    • Limite de inversión: Sin límite
    • Comentarios: Ideal para quienes buscan diversificar

    3. Mercado Pago:

    • Tasa de interés anual: 82,12%
    • Rendimiento mensual: 6,84%
    • Ganancia en 30 días: $13.680
    • Tipo de cuenta: Cuenta gratuita
    • Requisitos: Sin requisitos
    • Limite de inversión: Sin límite
    • Comentarios: Amplia aceptación en comercios y servicios

    4. Claro Pay:

    • Tasa de interés anual: 70%
    • Rendimiento mensual: 5,83%
    • Ganancia en 30 días: $11.660
    • Tipo de cuenta: Cuenta gratuita
    • Requisitos: Ser cliente Claro
    • Limite de inversión: Sin límite
    • Comentarios: Requiere ser cliente de Claro

    5. Personal Pay:

    • Tasa de interés anual: 62,84%
    • Rendimiento mensual: 5,23%
    • Ganancia en 30 días: $10.468
    • Tipo de cuenta: Cuenta gratuita
    • Requisitos: Ser cliente Personal
    • Limite de inversión: Sin límite
    • Comentarios: Requiere ser cliente de Personal

    6. Prex:

    • Tasa de interés anual: 57,09%
    • Rendimiento mensual: 4,75%
    • Ganancia en 30 días: $9.518
    • Tipo de cuenta: Cuenta gratuita
    • Requisitos: Sin requisitos
    • Limite de inversión: Sin límite
    • Comentarios: Ofrece cashback en compras

    Recuerda:

    • Esta lista es solo una referencia. Investiga cada billetera virtual antes de tomar una decisión.
    • Las tasas de interés y los rendimientos pueden cambiar.
    • Ten en cuenta los requisitos, límites y comentarios de cada billetera.

    Consejos:

    • Compara las tasas de interés y los rendimientos de diferentes billeteras virtuales.
    • Considera tus necesidades y objetivos financieros.
    • Lee los términos y condiciones cuidadosamente antes de abrir una cuenta.
    • Diversifica tus inversiones en diferentes billeteras virtuales.

    Recuerda:

    • Las tasas de interés pueden cambiar, consulta la información actualizada en cada plataforma.
    • Investiga la empresa: Revisa su trayectoria, seguridad y medidas de protección al usuario.
    • Compara costos: Analiza comisiones por depósitos, retiros, transferencias y otras operaciones.
    • Evalúa la facilidad de uso: Elige una plataforma intuitiva y que se adapte a tus necesidades.
    • Considera el plazo de inversión: Rendimientos mayores suelen ir de la mano con plazos más largos.

    Recomendaciones:

    • Diversifica tu inversión: Distribuye tu dinero en diferentes plataformas para minimizar riesgos.
    • Monitorea tu inversión: Sigue el rendimiento de tu dinero periódicamente.
    • Consulta con un asesor financiero: Obtén orientación profesional para tu situación particular.

    Ten en cuenta que invertir conlleva riesgos: El valor de tu inversión puede subir o bajar, y existe la posibilidad de perder tu capital inicial.

    Mantente actualizado sobre las noticias y tendencias del mercado para tomar decisiones informadas.

    Información adicional:

    • Plazos de inversión: Algunas plataformas ofrecen diferentes rendimientos según el plazo elegido.
    • Beneficios adicionales: Algunas plataformas ofrecen beneficios adicionales, como descuentos en comercios o programas de fidelización.
    • Impuestos: Las ganancias obtenidas en las billeteras virtuales están sujetas a impuestos.

    Recursos útiles:

  • AFIP con el ojo puesto en las billeteras virtuales

    AFIP con el ojo puesto en las billeteras virtuales

    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso incorporar las billeteras virtuales al régimen de información previsto para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y/o aplicaciones informáticas.

    La medida busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias mejorando las herramientas de control de un sector con cada vez mayor importancia dentro de los servicios financieros, argumentó hoy en un comunicado el organismo.

    En ese marco, la AFIP agregó que la decisión no tiene ningún impacto sobre los usuarios de servicios de billeteras virtuales, siendo los nuevos sujetos alcanzados los administradores de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP).

    De esta forma, la modificación para las empresas PSP prevista en la Resolución General 5029 entrará en vigencia para las operaciones realizadas a partir de julio de 2021 y, por ese motivo, la información correspondiente a dicho mes podrá ser presentada por las PSP hasta el último día hábil de agosto.

    La incorporación de los PSP al régimen informativo se realiza en el marco de las modificaciones efectuadas en la Ley del Impuesto sobre los Créditos y Débitos (conocida como “impuesto al cheque”) en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

    Los cambios, publicados en el decreto 301/2021 del Boletín Oficial en mayo, habían establecido una alícuota de 1,2% que alcanza a las personas jurídicas (las humanas continuarán exentas) que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retención y liquidación los PSP.

    Además, con el objeto de identificar las transferencias de fondos que se realicen entre cuentas a la vista, se incorpora como parte de la información a suministrar por las PSP, el dato de la Clave Virtual Uniforme (CVU) en los casos que, como mínimo, una de las cuentas pertenezca a dichas empresas, facilitando, de acuerdo con la AFIP, interoperabilidad entre cuentas a la vista y servicios de pago.