Durante la jornada de hoy, en ámbitos del Senado de la Nación, se llevó a cabo una reunión plenaria entre las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y la de Ambiente y Desarrollo Sustentable a los efectos de tratar un proyecto de Ley de la Senadora Nacional por Catamarca, Lucia Corpacci, que establece «Las Obligaciones y Procedimientos para el Plan de Cierre de Minas».
En sus fundamentaciones, la senadora Corpacci explicó que «motiva la presentación de este proyecto de ley, establecer un marco jurídico dentro del Código de minería para el cierre de minas, ya que nuestra legislación ha contemplado al cierre de minas a partir de las leyes de protección ambiental, que son de suma importancia para el desarrollo de la actividad minera pero que no establecen el marco jurídico de la misma». «La actividad minera se desarrolla en el marco de recursos no renovables y limitados, por lo que la misma en algún momento concluye, lo que hace necesario regular y legislar el cierre de los yacimientos a fin de establecer y restablecer en la mayor medida posible un equilibrio con el medio ambiente y el entorno del ecosistema».
«El cierre de mina es una obligación que tienen todas las empresas de dejar planificado cuál va a ser, cuáles son los recursos que pueden necesitar y que no pueden hacerlo a su antojo, tienen que estar sometidos al contralor de la Secretaría de Minería» Sostuvo Corpacci.
Para abordar el proyecto, fueron invitados por la Senadora Corpacci a exponer sus experiencias el ministro de Minería de Catamarca, Marcelo Murúa, la secretaria de desarrollo minero del ministerio de minería de la provincia, Olga Teresita Regalado y el profesor adjunto de tratamiento mecánico de minerales, de la facultad de tecnología y ciencias aplicadas de la Universidad Nacional de Catamarca, Rodolfo Micone.
Durante su exposición, Murúa destacó que «Lograr una normativa de marco general para incorporar al código de fondo va a permitir que todas las jurisdicciones tengan una legislación de base en la cual puedan respaldarse cuando desarrollen cualquier proyecto minero».
Del mismo modo Regalado señaló «La normativa tiene que reflejar lo que implican las distintas sustancias porque cada provincia tiene diferentes tipos de mineralización. Cada emprendimiento tiene que asumir los costos para implementar las técnicas de control que existen para la minería»
Por su parte, Micone hizo referencia a los proyectos presentados en la comisión «Los tres proyectos son muy interesantes, pero cuando hablamos de recursos mínimos tenemos que hablar de asignación de recursos, de estándares. Nosotros como Estado tenemos que tener estándares altos como manejan las empresas mineras».
El objetivo del proyecto de ley es «establecer las obligaciones y procedimientos que deberán cumplir los titulares de las actividades mineras para la elaboración, presentación e implementación del Plan de cierre de minas y la constitución de las garantías ambientales correspondientes con sujeción a los principios de protección, preservación y recuperación del ambiente, y con la finalidad de mitigar los impactos negativos en la salud, población, ecosistema circundante y medio ambiente en general».
Además, el proyecto incorpora al código de Minería de la Nación los artículos 363 «Ámbito de aplicación», 364: Objetivos, 365: Plan de cierre de minas, 366: Contenido del Plan de cierre, 367: Plazo de presentación del Plan de cierre, 368: Evaluación del plan de cierre, 369: Participación ciudadana, 370: Prohibiciones, 371: Ejecución de las medidas de cierre, 372: Plan de cierre anticipado, 373: Incumplimiento del plan de cierre, 374: Garantía financiera ambiental y 375: Autoridad de aplicación.
Uno de los puntos más relevantes que posee la iniciativa de la senadora catamarqueña es garantizar el resguardo de la vida, la salud y seguridad de las personas que desarrollen actividades en mina y sus poblaciones circundantes, así mismo la rehabilitación del área utilizada o perturbada por el desarrollo de la actividad minera a los efectos de alcanzar características del ecosistema compatible con un ambiente saludable y adecuado para el desarrollo de la vida y preservación del paisaje.
Con respecto a la autoridad de aplicación del proyecto serán los y las responsables de reglamentar el plan de cierre de minas y todo lo concerniente a la forma y aplicación de las medidas de este proyecto de ley y serán las autoridades que las provincias determinen en el ámbito de su jurisdicción.
La iniciativa de Corpacci es acompañada por senadores y senadoras que también cuentan con actividad minera dentro de los territorios que representan. José Uñac (San Juan); Guillermo Snopek (Jujuy); Cristina López Valverde (San Juan); Sergio Leavy (Salta); Guillermo Andrada (Catamarca), Ana Ianni (Santa Cruz)
Podés descargar el proyecto de ley sobre presupuestos mínimos de protección ambiental en el cierre de minas, garantía ambiental: https://bit.ly/3Ub84hx
Podés descargar el proyecto de ley que reproduce proyecto de ley sobre cierre de trabajos mineros: https://bit.ly/3BkpRKV
Podés descargar el proyecto de ley que establece las obligaciones y procedimientos para el plan de cierre de mina a través de este link: https://bit.ly/3eQfV3U
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