La diputada nacional Mónica Macha (Unión por la Patria) ha presentado un proyecto de ley para modificar el Código Penal y declarar la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores de edad. La iniciativa propone cambios al artículo 67 del Código Penal, estableciendo la suspensión de la prescripción en casos donde haya funcionarios públicos involucrados, así como la interrupción por actos procesales clave. Además, introduce un nuevo artículo 67 Bis que declara imprescriptibles los delitos contra menores de edad. Macha argumenta que el abuso sexual infantil genera un trauma profundo que muchas veces impide a las víctimas hablar durante años, y sostiene que el respeto por el tiempo de las víctimas es una responsabilidad indelegable para un país que se considere respetuoso de los derechos humanos. La diputada advierte que el sistema judicial, al imponer plazos para denunciar, termina revictimizando a quienes no pudieron hablar en su momento. Esta propuesta se da en un contexto de creciente presión social y política para eliminar la prescripción en estos delitos, especialmente tras el reciente fallo de la Corte Suprema que sobreseyó a un exsacerdote por prescripción, pese a haber sido condenado por abusar de seminaristas en Entre Ríos. Con esta iniciativa, Macha busca saldar una deuda histórica con las víctimas y garantizar que el acceso a la justicia no dependa del paso del tiempo, sino de la posibilidad real de hablar y ser escuchadas.
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IMPULSO LEGISLATIVO
En respuesta a una histórica demanda de organizaciones de derechos humanos y víctimas de abuso sexual en la infancia, la diputada nacional Mónica Macha (Unión por la Patria) presentó un proyecto de ley que propone modificar el Código Penal para declarar la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores de edad. La iniciativa, titulada “Modificaciones sobre suspensión de la prescripción e imprescriptibilidad”, propone cambios sustanciales al artículo 67 del Código Penal, estableciendo que la prescripción se suspenderá en casos donde haya funcionarios públicos involucrados, mientras alguno de ellos continúe en funciones. Además, se interrumpirá por actos procesales clave como la citación a juicio o la sentencia, aunque esta no esté firme. Pero el núcleo del proyecto está en el nuevo artículo 67 Bis, que establece: “En los delitos previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 128, 129 —in fine—, y 130 —párrafos segundo y tercero— del Código Penal, cuando la víctima fuere menor de edad, la acción es imprescriptible”.