Mediante la resolución general número 4331 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se podrá ingresar al país, desde mañana, productos con un valor no mayor de 500 dólares sin pagar un cargo extra; esto significaría la elevación del tope de unos 200 dólares.En los casos que se supere la cifra estipulada se tendrá que pagar el 50% del valor original del producto.
Ropa y objetos de uso personal – dentro de los cuales se incluyen celulares y notebooks- se mantienen exentos, siempre que no se detecten abusos que sugieran un propósito comercial.
«La idea es que Aduana se concentre en la fiscalización de las operaciones comerciales y el ataque al contrabando, más que en el gasto de las personas físicas», le comunico una fuente al diario Infobae desde el ente de recaudación y control fiscal.
Ingreso de productos nuevos desde países limítrofes
Agregaron las fuentes de la AFIP que para el caso del ingreso al país por medios terrestres o fluviales la franquicia subirá desde USD 150 a USD 300 por viajero; y se mantiene en la mitad para el equipaje correspondiente a los 16 años inclusive.
Fuente: Diario Infobae
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