Justicia suspende decreto que reglamenta derecho de huelga en transporte, educación y salud

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 de Capital Federal suspendió provisionalmente los artículos 2 y 3 del decreto 340, que reglamentaban el derecho de huelga en actividades como el transporte, la educación y la salud. La jueza Moira Fullana, en un fallo a favor de la medida cautelar pedida por la CGT, declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la causa. Esto se debe a que considera que el decreto atenta contra la libertad sindical, violando el derecho de huelga que establece el Convenio 87 de la OIT y nuestra Constitución.

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En los considerandos de la sentencia, la jueza laboral destaca que el decreto fue dictado utilizando facultades conferidas por la Constitución Nacional, pero resalta que el Congreso Nacional es el único órgano titular de la función legislativa. Por tanto, ordena suspender preventivamente los efectos de los arts. 2° y 3° del D.N.U. 340/25 en relación con la CGT y los trabajadores representados por esa entidad, hasta tanto se dicte sentencia definitiva. El decreto 340, firmado por Milei y sus ministros, reglamentaba el derecho de huelga y obligaba a los sindicatos que protesten a garantizar un servicio mínimo de entre el 50% y el 75% en actividades como el transporte, la educación y la salud.