El Gobierno Nacional prohíbe el uso de aeronaves públicas para actividades privadas

En un intento por reforzar la regulación del uso de bienes del Estado, el Gobierno Nacional ha emitido el decreto 2024-712, que establece que las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas en ninguna actividad privada y estarán estrictamente destinadas a tareas que correspondan a su función jurídica esencial al servicio del poder público. Este decreto fue firmado por el Presidente Javier Milei y entró en vigor inmediatamente tras su publicación.

El texto del decreto dispone que “las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas para realizar ninguna actividad aérea distinta de aquella que hace a su condición jurídica esencial al servicio del poder público”. Esta medida busca evitar el uso indebido de recursos del Estado en actividades que podrían considerarse propias de aeronaves privadas.

El decreto también aclara que las aeronaves de titularidad estatal, tanto del Gobierno Nacional como de las provincias, la Ciudad de Buenos Aires, los municipios y otras entidades públicas, podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte y trabajo aéreo, siempre y cuando cuenten con las autorizaciones pertinentes otorgadas por la autoridad aeronáutica competente.

Además, se establece que los servicios de navegación aérea deberán otorgar prioridad operativa a las aeronaves públicas. Estas también podrán ser objeto de contratos interjurisdiccionales de utilización, bajo la condición de que todas las partes involucradas pertenezcan al sector público.

La normativa incluye una instrucción a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), la cual deberá, en un plazo de 120 días a partir de la publicación del decreto, desarrollar una normativa específica que regule el uso de aeronaves públicas y privadas de propiedad estatal.

Este decreto busca asegurar la transparencia y el uso adecuado de los recursos aéreos del Estado, limitando su empleo exclusivo a funciones públicas y regulando las excepciones bajo condiciones estrictamente autorizadas.