Desde la Cámara de Diputados de la Provincia de Catamarca, informan que el Juez de Control de Garantías, José Antonio Carma resolvió en un dictamen lo siguiente:
Hacer lugar a la petición formulada por el Ministerio Publico fiscal Nº 6 mediante dictamen Nº 145/18, y en consecuencia:
* Desestiman la Denuncia invocada por García Sergio Alejandro, cuyos demás datos obran en actos* Ordenar el archivo de las presentes actuaciones en un todo de acuerdo a lo normado por el art. 334 del CPP
En otras palabras, el Juez de Control de Garantías ratifica a su entender:
“No estaríamos ante un supuesto de falsificación de instrumento público o falsedad ideológica. Existe claramente un reconocimiento expreso de la Administración que se trató de un error que subsanó de manera inmediata, con lo cual la existencia del dolo como requisito esencial de esas figuras delictivas, Resulta Inexistente. De ello deriva necesariamente la inexistencia del resto de los delitos mencionados”.
Teniendo en cuenta lo aclarado por el juez, la denuncia no resulta pasible de ser interpretada como un hecho que encuadre dentro de una “Figura Penal”, pues, a poco que se analice los dichos vertidos, tal como lo expresó el Fiscal y cuyos argumentos compartidos desde la Legislatura Provincial.
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